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Datum:
Junio 2000
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Zeitung:
HIKA nº 112
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Titel:
Entrevista
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Entrevista en HIKA nº 112
El
19 de diciembre del pasado año 1999, el centro alternativo
Mehringhof en Berlín era asaltado por un millar de agentes
policiales entre Policía Política federal, Fiscalía
y Fuerzas Antiterroristas GSG 9. El motivo aducido: detener a dos
personas que trabajaban en él, Harald G. y Axel H. a quienes
habría denunciado un supuesto ex-miembro de las Células
Revolucionarias (RZ), Tarek M., detenido en noviembre de 1999. También
fue detenida, en Frankfurt, Sabine B. E.
Los
destrozos policiales causados en el centro, valorados en nueve millones de
pesetas, motivaron la condena "por desmesurada" y por "la
brutalidad del ataque" por todos los partidos representados en el
ayuntamiento de Berlín-Kreuzberg (SPD, Verdes, PDS) con la
única excepción de la CDU.
La
policía se presentaba, nuevamente, el pasado 30 de mayo, para
efectuar un segundo registro del Mehringhof. En esta ocasión la
exibición policial no consistía en un despliegue masivo sino
en hacer un alarde de medios sofisticados. Así, mediante un aparato
de video, sincronizado con un ordenador y conectado a Internet, fueron
transmitiendo las imagenes hasta la cárcel en la que se encontraba
Tarek M., quien venía afirmando haber pasado explosivos a Harald y
Axel, explosivos que, hasta el momento, no han aparecido por ningún
lado. Así, pese a que Tarek iba guiando a la policía por el
local, la búsqueda resultó nuevamente infructuosa. Tal vez no
importó mucho a la policía este nuevo fracaso, una vez que
pudieron dejar constancia de la sofisticación de sus medios, cosa
que no hubieran conseguido si se hubieran limitado a traer al propio Tarek
en persona. Parece como si la policía alemana, incapaz de atajar y
desarticular los numerosos grupos de extrema derecha alemana, echara de
menos los viejos tiempos en los que podía emplearse a fondo y con el
aplauso de la opinión pública contra el peligro terrorista.
Las RZ se autodisolvieron en 1991.
Entrevista a Martin Poell, abogado de Harald G.
Harry Stürmer y Peio Aierbe
¿Qué sentido puede tener perseguir a supuestos ex-militantes
de organizaciones armadas que hace ya casi diez años que se
autodisolvieron? Máxime cuando están acusados por acciones no
sangrientas y está en el poder un gobierno
socialdemócrata-verde.
MARTIN
POELL: En primer lugar hay que señalar que las detenciones fueron
efectuadas por la fiscalía general (BAW) que por una parte, depende
de la política del gobierno, pero por otra está obligada por
el principio de legalidad, es decir, que si tienen conocimiento de un
delito están obligados de perseguirlo. Pero, en mi opinión,
con estas detenciones, al igual que pasó en 1990, tras la
caída del Muro, con las detenciones de antiguos miembros de la RAF
que ya habían dejado la lucha armada, el Estado quiere demostrar,
cara al futuro, que nunca va permitir tales actividades, que siempre -y con
éxito- las va a combatir.
¿Cuál es la política global que sigue el gobierno
socialdemócrata-verde hacia quienes militaron en las organizaciones
armadas que se autodisolvieron? ¿Persecución implacable?
¿Flexibilidad-indultos? ¿O no hay ninguna
política?
M.P.:
Yo no veo ninguna línea especial, por lo menos no en el sentido de
decir que ahora, tras el fin de la actividad armada, se trate a los presos
y presas de una manera más liberal. Lo mismo sirve para aquellas
personas que son todavía buscadas por la policía. No se ve
una tal política en el horizonte de Alemania. Los Verdes, antes de
entrar en el gobierno, formularon propuestas en esa dirección. Pero
desde que están en el gobierno ya no piensan así.
Desde el punto de vista jurídico las acusaciones contra los
detenidos Axel, Harald y Sabine ya estarían prescritas si no se
utilizara al mismo tiempo la acusación de terrorismo, recogido en la
legislación especial del artículo 129a...
M.P.:
Todos los cargos de los que se les acusa tampoco están prescritos.
Dos ya lo están, mientras otros dos, atentados con explosivos que se
sitúan en 1991 y 1993 respectivamente, no lo están.
Paradójicamente están prescritas justo las acusaciones con
daños personales, las balas en las piernas de los jueces Korbmacher
y Hollenberg, representantes de una política muy represiva contra
l@s refugiad@s, acciones de 1986/87, mientras que los atentados con
explosivos contra edificios o monumentos como el edificio especial para
tratar los asuntos de l@s refugiad@s en 1987, la columna de la victoria (de
los prusianos contra Napoleón) en 1991, o contra una
instalación eléctrica de la policía fronteriza (BGS)
en 1993 que la policía atribuye a los RZ, a pesar de su comunicado
oficial de su autodisolución en 1992. Todo eso no está
prescrito.
De
todas formas, en relación a la legislación especial
antiterrorista en Alemania, el articulo 129a. ¿Existen grupos o un
movimiento a favor de la abolición de esa legislación
especial? ¿Y cuál es la política del SPD al
respecto?
M.P.:
Siempre hay algunas iniciativas en ese sentido. Antes, como ya he dicho,
también participaban en ellas los Verdes. Pero no se puede hablar de
un movimiento. Actualmente solamente en el PDS hay un grupo de trabajo con
algunos abogados conocidos para llevar una propuesta al Parlamento. Pero no
existe un movimiento contra esa legislación. A veces se hace alguna
manifestación, pero todo es muy puntual. En lo que hace a la
posición del SPD, el artículo 129a apenas se utiliza hoy en
día como motivo de condena en los tribunales, para lo que sirve este
artículo es para dar las máximas facilidades en el proceso de
investigación. Las implicaciones en esa materia están
formuladas de una manera tan genérica que puede afectar a cualquier
ciudadano. De esa forma es muy útil para proceder a detenciones,
registros de viviendas, escuchas telefónicas, etc., aunque luego no
lleguen a producirse los correspondientes juicios. Sirve a las
instituciones judiciales y a los servicios secretos para obtener
información. Por eso es impensable que el SPD o la CDU puedan
impulsar o apoyar iniciativas que propongan la abolición de esa
legislación especial.
Partiendo del dato, a todas luces desproporcionado, de la
participación de más de 1.000 policías en el asalto
del Mehringhof, para detener a dos supuestos ex-militantes de una
organización armada como las RZ que se autodisolvió hace casi
10 años, ¿cabe interpretarlo en base a las claves
tradicionales de la política represiva, esto es, tratar de
criminalizar a los grupos que hoy desarrollan su acción desde
presupuestos alternativos y de izquierda?
M.P.:
Para hacernos una idea cabal hay que mirar un poco más lejos.
Berlín es ahora la capital de Alemania y uno de los objetivos
principales de la política oficial es conseguir a un Berlín
limpio, lo que quiere decir con sus correspondientes acciones contra la
izquierda, contra las casas okupadas, y también contra proyectos
alternativos como el Mehringhof. En la política interior del land de
Berlín, gobernado por una gran coalición CDU/SPD, se aprecia
una línea muy dura, también contra las manifestaciones y todo
lo que se mueve en Berlín. Y, naturalmente, el autogestionado centro
del Mehringhof le ha molestado al gobierno a lo largo de sus 20 años
de existencia, simplemente porque no es controlable lo que pasa
allí. Pero la manera en que se produjo el asalto al Mehringhof poco
tiene que ver con un intento de intimidar la movida alternativa. Para
asaltar e intimidar el Mehringhof no se hubiera necesitado tanta pasma. Eso
era simplemente un ejercicio operativo.
El
actual trabajo de Harald en el FFM, grupo de investigación y ayuda
en temas de refugiados y migración, del que es también
fundador, evoca una de las líneas de actuación que
desarrollaron en su día las RZ, la de golpear/denunciar a empresas y
organismos responsables de políticas racistas y discriminatorias
contra los refugiados. Fue aquella una linea novedosa y premonitoria de la
importancia que acabarían teniendo estas cuestiones en la RFA y en
la UE. ¿Se puede decir que, en este terreno, la actuación de
las RZ sirvió para conseguir lo que pretendían (denunciar,
impulsar la acción...)?
M.P.:
Resulta difícil poder afirmar cual es el grado de influencia que
hayan podido tener unas cosas sobre otras. Hoy en día los temas de
racismo, emigración y refugiados son temas muy relevantes en los que
trabaja la izquierda, tanto en Berlín como en toda Alemania. Pero es
difícil saber, si es el resultado de la campaña de las RZ,
que ayudaron a crear esa consciencia o, por el contrario, si hay que
afirmar que la campaña vino demasiado pronto. Es cierto que si se
leen hoy en día los textos correspondientes de las RZ hay que
constatar que todo lo que se decía en este terreno sigue siendo
plenamente vigente, a pesar de que fueron escritos hace 15 años.
Pero es difícil poder ir más allá. Lo mismo pasa con
el grupo de lucha armada femenino, la Rote Zora que hicieron en su
día una campaña contra la tecnología genética,
y más tarde se desarrolló como uno de los temas sobre los que
trabaja la izquierda. Pero no se puede decir exactamente, si eso fue
consecuencia o simplemente casualidad.
La
ley sobre testigos protegidos dejó de estar en vigor en Alemania a
partir del 1 de enero de 2000. ¿Las declaraciones del testigo de
Berlín se pueden utilizar entonces en un futuro juicio?
M.P.:
Sí, esa ley dejÓ de estar en vigor el 31 de diciembre del 99.
Pero los abogados todavía no se han puesto de acuerdo acerca de si
podrán o no ser utilizadas las declaraciones hechas con
anterioridad. De todas formas ese artículo, por sí mismo,
tampoco es tan importante porque siempre habrá testigos dispuestos a
hacer determinadas declaraciones con el objetivo de conseguir así
una reducción de sus condenas. El artículo concreto
tenía mucha importancia en delitos de sangre que suponían
condenas a cadena perpetua porque allí sí se podía
condenar en base sólamente a la ley del testigo. Así que en
nuestro caso concreto eso tampoco juega un papel tan importante. El
escándalo es más bien que una persona pueda ir allí y
ser recompensada por el Estado porque inculpa a otras personas. El orden de
ingreso en prisión se basa en el peligro de huida. El testigo fue
detenido a principios de noviembre. Axel y Harald sabían que se
había alejado de la movida, de modo que, de haber temido algo,
podían haberse escapado con anterioridad. Pero no lo hicieron lo que
demuestra que el argumento del juez instructor no vale.
¿Que perspectiva tiene la campaña de solidaridad contra las
detenciones? En Italia, cabría establecer un paralelismo con varios
detenidos, que en su día pertenecieron a Lotta continua y que han
sido condenados por las declaraciones de un arrepentido. Allí el
movimiento de solidaridad desarrollado ha sido impresionante.
¿Qué perspectivas tiene el movimiento de
Berlín?
M.P.:
Hasta ahora no existe ningún movimiento amplio. Hay muchas personas
que apoyan la reivindicación del excarcelamiento, pero no se puede
hablar de un movimiento amplio. La campaña de solidaridad se basa
todavía, de momento, en las relaciones establecidas por los
detenidos a lo largo de sus 30 años de actividad política en
la izquierda autónoma y no dogmática de Berlín. Pero,
tal y como suele ser habitual en la movida de Berlín, ya desde el
inicio hubo muchas discusiones sobre el cómo de la campaña:
si basarla en la izquierda radical o abrir el abanico a sectores más
liberales, etc. La tendencia actual va en esta dirección de incluir
también a personalidades liberales para ampliar la campaña y
así llegar más fácilmente a los medios de
comunicación. Es sabido que la opinión pública
reacciona de manera distinta si es gente famosa la que dice algo en vez de
unos desconocidos de Berlín. Pero hay que constatar que,
transcurrido más de medio año de las detenciones, estamos
todavía en los comienzos del desarrollo de un tal movimiento.
Francia desarrolló en el pasado otra línea, digamos
más nacional, en cuestiones relacionadas con organizaciones armadas
de otros países europeos, llegando incluso a dar la cobertura de
exiliados políticos. El ejemplo más claro es el de Italia.
Sin embargo últimamente viene accediendo a las solicitudes de
extradición, también en el caso de alemanes relacionados con
las RZ. ¿Se puede hablar aquí de una globalización de
la política europea de justicia?
M.P.:
La extradición del ex-miembro de las RZ, Hans-Joachim Klein, que
participó en la famosa acción contra la OPEP en Viena en
1975, no demuestra un cambio en la línea de actuación de
Francia porque Klein estaba de acuerdo con su extradición. En cambio
en el caso de los alemanes Christian G. y Sonja S. que fueron detenidos
hace poco en París, en presencia de policías alemanes, la
situación es bien diferente. Su detención se basa en
declaraciones de un miembro de las RZ que sufrió un accidente en los
años 70, cuando preparaba un atentado, a resultas del cual
perdió su vista y ambas piernas y que fue interrogado en esa
situación en el hospital por la policía alemana. En este caso
la posición que Francia es todavía bastante delicada.
Inicialmente fueron encarcelados en Francia, pero de momento el juez les ha
dejado en libertad a la espera de la decisión sobre la
petición de su extradición.
El
espacio policial europeo está permitiendo una coordinación
policial en la persecución que tiene lugar en varios países
europeos contra los ex-militantes de organizaciones armada ya autodisueltas
¿El movimiento de solidaridad intenta, a su vez, contrarrestarlo con
algun tipo de coordinación en el marco europeo?
M.P.:
Como abogado me ocupo de los asuntos jurídicos. De momento no he
tenido noticias de ninguna iniciativa en esa dirección. Lo que
sí han llegado han sido declaraciones de solidaridad de otros
países, que se puede leer en la pagina web del grupo de solidaridad
http://www.freilassung.de. En su mayoría son grupos que han
trabajado juntos con los detenidos en el mismo campo del antirracismo.
¿Quieres añadir algo más?
M.P.:
Me gustaría recalcar una vez más el escándalo que
supone la existencia del artículo 129ª, de la
legislación antiterrorista. Una ley que permite condenar a personas
que no han cometido ningún delito, o que al menos la fiscalía
no tiene obligación de demostrarlo, ya que es suficiente la
pertenencia a un grupo para poder ser acusado de las acciones
atribuídas a ese grupo. Y el segundo motivo de escándalo lo
constituye el artículo sobre el testigo protegido, es decir una
persona, un delincuente que es remunerado por el Estado con la
reducción de su pena, etc. por acusar a otras personas que a
continuación son detenidas, aunque no pueda probárseles nada,
como es nuestro caso, donde no han conseguido encontrar ni armas ni
explosivos que son la base de la acusación. Y que, a pesar de ello,
esa gente resulte luego condenada a varios años de
cárcel.
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